Segundo paso, cuando se ha clarificado que realmente se trata de dos personas que se quieren y se casan voluntariamente, ni por intereses económicos, ni de familia, ni obligados por los padres. Por ejemplo, porque ella se ha quedado embarazada. “Una vez hecho el expediente con ellos personalmente, lo que se hace es hacerlo público. Lo que dice ese papel es que si alguien tiene algo que decir en conciencia tiene la obligación de decirlo a la parroquia”, es como cuenta José Luis la publicata, que él nunca ha visto escrita.
Celebración, “los anillos son la parte más espiritual, simbolizan la alianza, la fidelidad y el amor”, me informa consultándolo en un libro. “Alrededor de las arras, también hay mucha mitología, el rito mozárabe especifica que sean en una bandeja cubierta de un paño blanco junto con trece monedas de oro o plata u otro metal noble y simbolizan la unión de la pareja en la parte más material”, me cuenta ojeando el ritual del matrimonio. No existe el impedimento de celebrar del matrimonio entre parte católica y parte catecúmena o no cristiana. “Por la Iglesia, se pueden casar un católico o una católica con un musulmán. En el expediente tiene que constar que la parte no católica no va a dificultar que los hijos sean educados según la fe no católica”, confirma José Luis.
Algunos de los impedimentos que si se conviden en la Iglesia católicas son: la edad, “se podrían casar al haber cumplido los 16 años él y los 14 años ella”, impedimento de impotencia, de ligamen, de disparidad de cultos, de rapto, de crimen, de consanguinidad, parentesco legal… “Se entiende que los dos fines del matrimonio son: el amor mutuo y la vida en común de los esposos y la generación de los hijos, si no se pueden cumplir el matrimonio está incompleto”

No hay comentarios:
Publicar un comentario